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Marco Legal
Este protocolo se basa en la Ley N° 21.801 de 2026, que regula el uso de dispositivos electrónicos en el contexto escolar, y en la Resolución N° 482 Exenta, de 22 de junio de 2018, que imparte instrucciones sobre Reglamentos Internos de los Establecimientos Educacionales de Enseñanza Básica y Media con Reconocimiento Oficial del Estado.
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Objetivos
Regular el uso, porte y manipulación de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal al interior del establecimiento educacional, resguardando el ambiente de aprendizaje, la convivencia escolar, la atención pedagógica, la protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, y el cumplimiento de la Ley N° 21.801, de manera de disminuir el impacto negativo en el rendimiento académico y la ampliación de desigualdades digitales detectadas (UNESCO, 2023).
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¿Qué dispositivos incluye?
Todo aparato electrónico portátil que permita comunicación, conexión a internet, captura de imágenes, grabación de audio o video, mensajería o acceso a aplicaciones digitales. Se consideran, entre otros:
- Teléfonos celulares
- Smartphones
- Smartwatch o relojes inteligentes
- Tablets
- Audífonos
- Consolas portátiles
- Cualquier dispositivo con acceso a internet o telecomunicación
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¿Qué uso está prohibido?
Toda acción que implique:
- Manipular el dispositivo
- Revisar el dispositivo
- Mantenerlo encendido de forma visible
- Enviar o recibir mensajes
- Realizar llamadas
- Tomar fotografías
- Grabar audio o video
- Utilizar aplicaciones
- Acceder a internet
- Reproducir contenido multimedia
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Excepciones
El uso de dispositivos electrónicos se permite únicamente en los siguientes casos autorizados:
Uso pedagógico del estudiante
Uso autorizado por un docente, quien debe haber planificado la actividad, solicitado autorización a UTP e informado a los apoderados vía Lirmi, especificando fecha y horario de uso.
Uso profesional por parte de funcionarios
Uso con fines educativos, académicos, evaluativos, investigativos o de gestión escolar, que ya ha sido planificado y autorizado expresamente, según el Reglamento Interno de Funcionarios.
Razones de salud del estudiante
Uso con fines de monitoreo de condiciones de salud, o apoyo de aprendizajes, con acreditación médica.
Razones de seguridad
Uso para comunicarse de manera directa con sus familias por motivos de seguridad, sólo en la zona junto a Inspectoría General y con previa solicitud del apoderado a Inspectoría General.
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¿Qué pasa si de todas maneras uso un dispositivo?
Si es primera vez (a partir del 2° semestre)
- Tu dispositivo será quitado y guardado por Inspectoría.
- Tendrás una anotación GRAVE.
- Al final del día debes solicitar tu dispositivo al Inspector a quien fue entregado.
Si es segunda vez
- Tu dispositivo será quitado y guardado por Inspectoría.
- Tendrás una anotación GRAVE.
- Tu dispositivo será devuelto a tu apoderado en entrevista con el Profesor Jefe en aproximadamente 1 semana.
Si es tercera vez
- Tu dispositivo será quitado y guardado por Inspectoría.
- Tendrás una anotación GRAVE.
- Se te deriva a Consejo Disciplinario.
- Tu dispositivo será devuelto a tu apoderado en entrevista con la Inspectora General después del Consejo Disciplinario (1 mes, aproximadamente).
- Si vuelve a ocurrir, se escalarán las medidas del Consejo Disciplinario anterior.
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¿Y si me niego a entregar el dispositivo?
Si te piden e insisten en entregar el dispositivo y no lo haces:
- Tendrás 2 anotaciones: 1 grave por el uso del dispositivo y 1 gravísima por desobedecer.
- Tu apoderado será citado por Inspectoría General y se continuará el proceso disciplinario según el RICE.
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Recuerda
- El RICE señala que no debes traer objetos no autorizados.
- Si de todas maneras los traes, debes mantenerlos apagados en tu casillero o mochila (según nivel).
- Tenerlo a la vista ya se considera falta y puede ser confiscado.
Sobre el resguardo del dispositivo confiscado: mientras esté confiscado, tu celular será guardado con cuidado, pero el establecimiento no se responsabilizará por fallas técnicas, daños, accesorios no declarados al momento de la entrega, ni pérdida por acciones de terceros.
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Conclusión
Esto ya no es sólo decisión de cada colegio, es materia de Ley. Su intención es favorecer el buen clima escolar y permitir aprendizajes de calidad. Si tu familia necesita comunicarse contigo en horario escolar, debe hacerlo a los siguientes números: